MOTOZINTLA | LA FIRMA QUE VICENTE ÁNGEL DESCONOCE: ALEJANDRO SUÁREZ CAMAS Y UNA PRUEBA QUE APARECIÓ MESES DESPUÉS

 MOTOZINTLA | LA FIRMA QUE VICENTE ÁNGEL DESCONOCE: ALEJANDRO SUÁREZ CAMAS Y UNA PRUEBA QUE APARECIÓ MESES DESPUÉS

MOTOZINTLA | LA FIRMA QUE VICENTE ÁNGEL DESCONOCE: ALEJANDRO SUÁREZ CAMAS Y UNA PRUEBA QUE APARECIÓ MESES DESPUÉS

COLUMNA | CHIAPAS EN LA MIRA
SEGUNDA DE TRES PARTES

Chiapas | 17 de agosto de 2026
@ChiapasEnLaMira

UNA FIRMA PUEDE CAMBIAR EL DESTINO DE UNA PERSONA.

Puede colocarla dentro de un grupo.

Puede hacerla aparecer como participante de una solicitud.

Puede relacionarla con hechos ocurridos meses antes.

Y también puede terminar siendo utilizada para fortalecer una acusación contra alguien que lleva meses privado de la libertad.

Por eso, cuando la defensa de Vicente Ángel Cortés Roblero sostiene que la firma que aparece en un documento presentado por el fiscal del Ministerio Público Alejandro de Jesús Suárez Camas no pertenece a Vicente, el asunto no puede tratarse como un simple error administrativo.

DEBE INVESTIGARSE.

Vicente lleva 159 días recluido en el CERESO número 7 de Huixtla.

Su defensa sostiene que fue detenido el 10 de marzo de 2026 cuando grababa un operativo de desalojo en la ribera del río Chelajú, en Motozintla.

Pero durante la continuación de la audiencia intermedia apareció un documento que abrió una nueva discusión sobre la actuación del fiscal Alejandro de Jesús Suárez Camas.

Según el abogado Ramiro Zunun, ese documento contendría una firma atribuida a Vicente que su defendido desconoce.

El señalamiento es grave.

Hasta ahora no existe un peritaje definitivo que permita afirmar como hecho probado que la firma fue falsificada.

Pero sí existe una objeción de la defensa.

Y también existe una decisión judicial que impidió que Alejandro Suárez Camas incorporara ese documento en ese momento del proceso.

UNA PRUEBA QUE EXISTÍA DESDE DICIEMBRE

Según la explicación de la defensa, el documento estaría fechado desde el 25 de diciembre de 2025.

Presuntamente se trataría de una solicitud dirigida al gobernador por personas que pedían tolerancia o apoyo para permanecer en un espacio donde pudieran vivir.

La pregunta para el fiscal Alejandro de Jesús Suárez Camas es inevitable:

SI EL DOCUMENTO EXISTÍA DESDE DICIEMBRE, ¿POR QUÉ LO PRESENTÓ HASTA AGOSTO?

¿Dónde estuvo durante esos meses?

¿Quién lo tuvo?

¿Quién se lo entregó?

¿Desde cuándo lo conocía el fiscal?

¿Por qué no fue ofrecido dentro del momento procesal correspondiente?

De acuerdo con la defensa, Alejandro Suárez Camas intentó incorporar ese documento durante la continuación de la audiencia intermedia, cuando la oportunidad procesal para ofrecer los datos de prueba ya había transcurrido.

El juez de Control Rafael Flores Sánchez decidió no admitirlo en esas condiciones.

Según el abogado defensor, el juez incluso llamó la atención sobre la manera deficiente en que el fiscal pretendía presentar esa evidencia.

La decisión judicial evitó que el documento fuera utilizado inmediatamente contra Vicente.

Pero la discusión está lejos de terminar.

La defensa advierte que Alejandro Suárez Camas podría intentar presentarlo posteriormente como prueba superveniente durante el juicio oral.

Y ahí surge otra pregunta:

¿SE PRETENDE CORREGIR EN EL JUICIO LO QUE LA FISCALÍA NO HIZO CORRECTAMENTE DURANTE LA INVESTIGACIÓN?

¿POR QUÉ ALEJANDRO SUÁREZ CAMAS NO VERIFICÓ PRIMERO LA FIRMA?

El abogado Ramiro Zunun anunció que buscará un peritaje en grafoscopía para determinar si la firma realmente corresponde a Vicente.

Pero hay algo que resulta difícil de entender.

La Fiscalía cuenta con peritos.

Cuenta con especialistas.

Cuenta con presupuesto público.

Cuenta con herramientas técnicas que una familia común difícilmente puede pagar.

Entonces:

¿POR QUÉ ALEJANDRO DE JESÚS SUÁREZ CAMAS PRETENDIÓ UTILIZAR ESE DOCUMENTO SIN VERIFICAR ANTES LA AUTENTICIDAD DE LA FIRMA?

Si la firma es auténtica, un peritaje puede establecerlo.

Si no lo es, también.

Precisamente para eso existe la prueba científica.

Lo preocupante es que aparentemente se pretendiera introducir primero el documento y aclarar después si Vicente realmente lo había firmado.

Una persona permanece en prisión.

La Fiscalía tiene en sus manos un documento que podría perjudicarla.

Lo mínimo que debería exigirse al fiscal responsable del expediente es verificar que aquello que pretende utilizar como evidencia sea auténtico.

No después.

ANTES.

¿QUIÉN LE ENTREGÓ EL DOCUMENTO A ALEJANDRO SUÁREZ CAMAS?

También debe aclararse el origen de esa prueba.

¿Quién elaboró el documento?

¿Quién recabó las firmas?

¿Dónde estuvo resguardado?

¿Existe registro oficial de su recepción?

¿Quién se lo entregó al fiscal Alejandro Suárez Camas?

¿En qué fecha lo recibió?

¿Quién tuvo acceso al documento original?

¿Existe alguna cadena documental que permita reconstruir su recorrido?

Estas preguntas no son caprichosas.

Son indispensables cuando existe una firma desconocida por la persona a quien se le atribuye.

No basta con que el juez haya impedido su incorporación durante una audiencia.

Si existe la posibilidad de que una firma haya sido colocada indebidamente, corresponde investigar qué ocurrió.

Porque si alguien falsificó una firma para relacionar a Vicente con determinados hechos, estaríamos ante un asunto mucho más grave que una simple deficiencia procesal.

EL DOCUMENTO TAMBIÉN PODRÍA CONTRADECIR LA ACUSACIÓN

Hay otra situación que Alejandro Suárez Camas tendría que explicar.

Según la defensa, la acusación pretende ubicar los hechos principales en marzo de 2026.

Pero el documento cuestionado estaría fechado desde diciembre de 2025.

Si su contenido acredita que la ocupación del lugar ya existía desde meses antes, entonces la propia prueba que el fiscal pretendió introducir podría modificar la cronología del caso.

Y eso abre otra interrogante:

¿EL DOCUMENTO FORTALECE REALMENTE LA ACUSACIÓN O TERMINA CONTRADICIÉNDOLA?

La defensa plantea que esa discrepancia temporal podría explicar por qué el documento no apareció desde el principio.

No puede afirmarse que esa haya sido la intención de Alejandro Suárez Camas mientras no exista una investigación formal.

Pero precisamente por eso el fiscal debería explicar públicamente la ruta de esa evidencia.

El Ministerio Público tiene obligación de investigar con objetividad.

Eso significa reunir los elementos que pudieran acreditar responsabilidad, pero también aquellos que puedan favorecer a la persona imputada.

La Fiscalía no debería funcionar bajo la lógica de conservar únicamente lo que fortalezca su acusación.

EL VIDEO QUE ALEJANDRO SUÁREZ CAMAS TAMBIÉN QUISO SACAR

La controversia no termina con el documento.

La Fiscalía de Motozintla también intentó excluir el video grabado por Vicente durante el operativo.

Esa grabación podría ser una de las pruebas fundamentales de la defensa, porque permitiría observar qué estaba haciendo Vicente, dónde se encontraba y cuál habría sido su participación real durante los hechos.

El juez Rafael Flores Sánchez decidió admitirla.

Y nuevamente aparece el nombre del fiscal responsable de sostener la acusación:

Alejandro de Jesús Suárez Camas.

La pregunta es directa:

¿POR QUÉ INTENTÓ EXCLUIR EL VIDEO QUE PODRÍA AYUDAR A ACLARAR QUÉ HACÍA VICENTE EN EL LUGAR?

¿A quién perjudica que el tribunal observe completa la grabación?

La escena procesal resulta difícil de ignorar.

El video que podría beneficiar a Vicente fue impugnado por la Fiscalía.

El documento que podría perjudicarlo apareció meses después.

La firma contenida en ese documento es desconocida por Vicente.

Y el juez no permitió que Alejandro Suárez Camas incorporara esa evidencia en las condiciones en que pretendía hacerlo.

Todo esto debería provocar una revisión seria de la manera en que el fiscal está conduciendo el caso.

¿QUIÉN SUPERVISA A ALEJANDRO SUÁREZ CAMAS?

Alejandro de Jesús Suárez Camas no actúa como un abogado particular.

Actúa como fiscal del Ministerio Público.

Representa al Estado.

Tiene facultades públicas.

Tiene acceso a corporaciones de investigación, peritos y expedientes.

Sus decisiones pueden contribuir a que una persona permanezca en prisión.

Por eso su actuación debe estar sujeta a vigilancia.

La Fiscalía del Ministerio Público de Motozintla forma parte de la Fiscalía de Distrito Sierra Mariscal, encabezada por Olger Villanueva Ovando.

La Subdirección de Investigación y Judicialización de Motozintla aparece bajo la responsabilidad de José Absalón Moreno Guillén.

Las preguntas para esa cadena de mando también son necesarias:

¿HAN REVISADO PERSONALMENTE LA ACTUACIÓN DE ALEJANDRO DE JESÚS SUÁREZ CAMAS?

¿Conocen el señalamiento respecto de la firma?

¿Saben que el juez impidió incorporar ese documento durante la audiencia?

¿Conocen el intento de excluir el video de Vicente?

¿Solicitaron algún informe al fiscal?

¿Ordenaron verificar la autenticidad de la firma?

¿Revisaron por qué un documento fechado desde diciembre apareció hasta agosto?

Porque si los superiores conocen estas circunstancias y no realizan ninguna revisión, existe un problema.

Y si no las conocen, también.

Este medio no afirma que Alejandro Suárez Camas haya falsificado ningún documento.

Tampoco afirmamos que haya ordenado hacerlo.

Lo que sí existe es una actuación procesal cuestionada por la defensa que debe ser explicada.

Y mientras esas explicaciones no lleguen, las dudas recaen directamente sobre quien tiene la responsabilidad operativa de sostener la acusación.

EL FISCAL ALEJANDRO DE JESÚS SUÁREZ CAMAS.

UNA MADRE FRENTE AL PODER DEL MINISTERIO PÚBLICO

Mientras Alejandro Suárez Camas presenta documentos, objeta videos y sostiene una acusación, una madre espera afuera del sistema de justicia.

Su preocupación es mucho más sencilla:

SU HIJO SIGUE PRESO.

Ella no tiene una Fiscalía a su disposición.

No tiene peritos institucionales.

No tiene investigadores pagados con recursos públicos.

No controla policías.

No administra expedientes.

Tiene su voz.

Tiene un abogado.

Y tiene el video que su hijo grabó aquella mañana.

Por eso existe una enorme diferencia entre la responsabilidad de una familia y la responsabilidad de un fiscal.

La familia no tiene que demostrar que Vicente es inocente.

Es Alejandro de Jesús Suárez Camas, como representante del Ministerio Público, quien tiene que sostener una acusación con evidencia legal, verificable y suficientemente sólida.

Y la Fiscalía debe demostrar, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad que atribuye a Vicente.

No con documentos que aparecen meses después sin que se haya despejado primero el cuestionamiento sobre una firma.

No intentando excluir un video que puede ayudar a reconstruir los hechos.

No corrigiendo sobre la marcha las deficiencias de una investigación.

Porque mientras más preguntas aparecen alrededor de la actuación del fiscal, mayor es la obligación institucional de revisarlo.

Vicente continúa preso.

La firma continúa cuestionada.

El video continúa dentro del proceso porque el juez decidió admitirlo.

Y Alejandro de Jesús Suárez Camas sigue siendo el fiscal que debe explicar cómo está construyendo una acusación que mantiene a una persona privada de la libertad.

Esa explicación ya no puede reducirse a decir que existe una carpeta de investigación.

Tiene que responder algo mucho más importante:

¿LA INVESTIGACIÓN SE ESTÁ REALIZANDO PARA DESCUBRIR QUÉ OCURRIÓ O ÚNICAMENTE PARA SOSTENER UNA ACUSACIÓN QUE YA ESTABA DECIDIDA?

SEGUNDA DE TRES PARTES.

EN LA ÚLTIMA ENTREGA: EL TERRENO QUE PERTENECERÍA A CONAGUA, LA AUSENCIA DE UNA DENUNCIA FEDERAL, EL AMPARO QUE PREPARA LA DEFENSA Y LAS RESPONSABILIDADES DE QUIENES HAN SOSTENIDO ESTE PROCESO

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